Rechaza la solicitud efectuada por la Dra. Nelida Ines Buroni (fs. 2/3), por la cual solicita: 1) se tenga presente el error material e involuntario invocado por su parte y 2) se haga lugar en forma excepcional al pedido realizado a los fines de completar en la plataforma Web del Consejo - RIA, sus antecedentes en el ejercicio libre de la profesión.
Hace saber a la peticionante que podrá actualizar y agregar sus antecedentes en el RIA en la próxima oportunidad que el Consejo así lo determine de conformidad con lo previsto en el art. 23 del Reglamento aplicado al RIA y PODA.
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Resolución N° 3510 (21-11-23)_firmado ológrafamente.pdf | 3.25 MB |
Nro. Resolución
3510