Ratifica que la culminación de la Escuela Judicial es requisito para rendir la primera evaluación del proceso de selección (arts. 25 y 26 de la Ley 11868 y 17 del Reglamento). Instruye a la Escuela a priorizar la inscripción en sus cursos a las personas que tengan 9 o más materias aprobadas, y en particular, a aquellas inscriptas a rendir los exámenes escritos durante el año 2019, 2020 y 2021.
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Nro. Resolución
2675